Consejo de Estado dejó en firme proceso público abierto de méritos para elegir directores regionales del ICBF

Mediante auto proferido el 19 de febrero de 2026, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la solicitud de aclaración y adición presentada por el apoderado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en relación con la sentencia proferida por la Sala el 16 de octubre de 2025, a través de la cual se ordenó al ICBF cumplir con su obligación de adelantar y conformar las ternas para elegir directores regionales de la entidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.28.1 y 2.2.28.2 del Decreto 1083 de 2015.
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Como consecuencia, dentro del término perentorio de cuatro (4) meses, la entidad debe proceder a expedir el acto administrativo con los lineamientos de las entrevistas, la citación de los aspirantes, la aplicación de las entrevistas y la conformación de las ternas, para continuar con el proceso público abierto de méritos de director regional en las sedes de la entidad a nivel nacional.





