¿ES NECESARIOCONVERTIR AL CNE EN UNA CORTE ELECTORAL ESPECIALIZADA?

Desde la consolidación de Colombia como república independiente en 1830 y luego de la separación de Venezuela y Ecuador, el país ha mantenido una práctica electoral continua, en tanto, su organización y estructura han evolucionado de forma significativa.
Por Euripides Castro SanJuan
En el marco del final de guerras civiles y de las distintas constituciones nacionales del siglo XIX, la Ley 7.ª de 1888 creó el Consejo Electoral. Posteriormente, la Ley 85 de 1916 dispuso que sus miembros fueran elegidos por el Congreso y le asignó funciones normativas y de vigilancia sobre los procesos de votación. Finalmente, la Ley 89 de 1948 reorganizó el sistema y creó la Corte Electoral para que junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, se fortalecierael orden institucional del sufragio.
Mediante la Ley 96 de 1985, la corporación adoptó oficialmente la denominación de Consejo Nacional Electoral. Posteriormente, la Constitución Política de 1991 reconoció al CNE como un organismo autónomo e independiente, con el propósito de fortalecer la transparencia y las garantías del proceso electoral. Por su parte, el Acto Legislativo 01 de 2003 introdujo modificaciones en su origen y composición, configurando el marco institucional que hoy sigue vigente.
En consecuencia, el CNE es un organismo administrativo, técnico y de control, y no una corporación judicial. Tampocopertenece a las ramas tradicionales del poder público, sino que integra la Organización Electoral junto con la Registraduría Nacional del Estado Civil. Su función principal es inspeccionar, regular y fiscalizar la actividad de los partidos políticos y el financiamiento de las campañas electorales, así como garantizar la transparencia de los escrutinios. Constituye la máxima autoridad administrativa en materia electoral.
Para ser consejero del CNE se exigen calidades similares a las de un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, perosu escogencia no está centrada solo en la experiencia técnicajurídica y electoral como tal, sino también a la confianza que deposite en él, un partido político.
Aunque sus magistrados deben acreditar altas calidades jurídicas, son postulados por partidos políticos y elegidos por el Congreso, lo que podría estar afectando la percepción de independencia y neutralidad del organismo.
Para fortalecer su legitimidad, se ha propuesto reformas políticas para seleccionar a los magistrados mediante concursos de méritos o ternas elaboradas por órganos independientes y altas cortes.
Algunas otras iniciativas plantean mantener la participación del Congreso pleno en la votación final, pero exigiendo que los nombres provengan estrictamente de ternas formadas mediante convocatorias públicas transparentes gestionadas por órganos independientes o por las altas cortes. Tal como se realiza para escoger los magistrados de la Corte Constitucional, al mismo Registrador Nacional del Estado Civil o al Contralor General.
Otros sectores de expertos, como el exvicepresidente de la República Humberto De la Calle, en los que me veo reflejado, han sugerido un rediseño institucional más profundo para convertir al CNE en un Tribunal o Corte Electoral de carácter judicial e independiente, despojándolo de su naturaleza política, es decir crear una jurisdicción Electoral que se sujete exclusivamente a la constitución y a la Ley, Para que las decisiones fueren más técnicas, es decir, los fallos serían del orden jurídico. Esto favorecería decisiones técnicas y aumentaría la confianza ciudadana.
La propuesta podría unificar la administración y la justicia electoral, aunque enfrenta resistencia por el eventual traslado de competencias de la Sección Quinta del Consejo de Estado a una Corte Electoral.
En todo caso, para alterar la composición, funciones y origen del CNE consagrados en la Constitución Política de Colombia (artículo 264), se necesita tramitar un proyecto de Acto Legislativo que supere ocho (8) debates en el Congreso, para fortalecer sus competencias, porque con frecuencia, se atribuyen las debilidades del CNE a la falta también de independencia con relación a la Registraduría.
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