La Ley del Aguante

Por Karina María Villamizar Herrera Abogada, especialista en derecho al trabajo y seguridad social,especialista en derecho administrativo, magíster, doctoranda en derecho al trabajo, previsión social y derechos humanos.
Los matrimonios modernos no duran como los de antes, se escucha hablar del amor efímero, de matrimonios desechables, de poliamor. Los matrimonios de antaño duraban más, las parejas de antes eran para toda la vida, el vínculo era fuerte, el divorcio no era una opción disponible, los roles de genero eran más definidos.
ES NOTICIA HOY:
Las sociedades cambian, al igual que las familias, hoy hablamos de poliamor, compersión, ese felices para siempre quedo relegado, era una verdad otrora, algunas abuelas o abuelos llegaron a criar los hijos de las amantes de sus esposos o esposas, tolerando violencia emocional, económica, verbal y hasta física, esa era ley del aguante.
Cada hogar es diferente porque cada persona, ama distinta, ama de forma diferente, pero, que pasa cuando se trasgreden los límites, no podemos entonces, predicar como te amo te aporreo, degradar a la pareja y que este aguante, esperando que el cónyuge cambie o que muera, porque si se va, puede perder su derecho la pensión de sobreviviente.
La perspectiva de género toma importancia, hoy en día en el marco de la violencia intrafamiliar, sin importar el tipo de familia, la convivencia debe evaluarse según las vicisitudes de la vida en pareja, no se puede fomentar la revictimización, exigir a un hombre o mujer someterse diariamente a una violencia emocional o física, es una tortura inhumana.
Continuar en el infierno, solo para lograr el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes como bálsamo de la violencia intrafamiliar, es revictimizar, a la víctima, es proclamar la crueldad extrema, entonces enarbolando la dignidad que entraña nuestra constitución política, y numerosos convenios internacionales ratificados por Colombia, entre los más significativos, Belén do para, la justicia se debe aplicar con enfoque de género, los estudiosos del derecho debemos a apártanos de una interpretación restrictiva y literal, porque la violencia mata, literalmente y casi siempre la esposa (o) se va de manera obligada, casi nunca de manera voluntaria.
Una víctima de maltrato, sea hombre o mujer, no pierde el derecho a la pensión de sobrevivientes de su cónyuge, por el solo hecho de no estar bajo el mismo techo, cuando no se puede cohabitar, y este busca proteger su vida e integridad.
La pensión de sobrevivientes, no se puede descartar por el hecho del divorcio o separación de cuerpos por maltratos físicos, psicológicos o económicos, por esta razón, no podemos predicar hoy en día, la ley del aguante, porque los contextos en que los presuntos beneficiarios, sometidos a maltrato, rompieron el vínculo y dejaron el hogar fue casualmente, para salvaguardar su vida y su salud emocional de la violencia, en buena hora se acogió jurisprudencialmente, este análisis flexible de la norma de seguridad social que refiere a la pensión de sobrevivientes .
Concluyendo, que las familias, más allá de su estructura, funcionan como refugio seguro, espacios de contención, espacios de paz, de amor, llámese esposo (a) o compañera(o) permanente, dedicadas exclusivamente al hogar y al cuidado de los hijos, que acompañaron al pensionado (a) en la construcción de esa pensión de vejez y que como consecuencia de la violencia, por parte de su cónyuge o compañero, les toco separarse y quedar desamparadas, en el limbo, deben ser protegidas, pensar en forma contraria seria someterlas a una doble victimización.
El mundo cambia constantemente, las sociedades evolucionan, lo que obliga a que las normas se transformen, para poder servir como soluciones colectivas, a estos nuevos desafíos y adaptarse a nuevas realidades para que no se mantenga por “Sécula seculorum» la ley del aguante.






