Corte Suprema de Justicia falló a favor de fiscal que investigó a exdiputado Sigifredo López
La Corte Suprema de Justicia falló a favor del Fiscal Paulo César García López quien, en su momento, como fiscal 38 especializado libró orden de captura y definió la situación jurídica del exdiputado de la Asamblea de Valle del Cauca, Sigifredo López Tobón.
La Corte confirmó el auto del 2 de mayo de 2018, mediante el cual el Tribunal Superior de Cali precluyó la investigación por el delito de prevaricato por acción que se seguía contra el fiscal García López.
En su decisión, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia argumentó que el funcionario judicial actuó en derecho y tuvo en cuenta las pruebas técnicas aportadas por dos entidades, además de varios testimonios que daban cuenta de una eventual responsabilidad del exdiputado.
Los hechos que motivaron la decisión del entonces fiscal 38 especializado estaban relacionados con el secuestro de 12 diputados de Valle del Cauca, ocurrido por el 11 de abril de 2002 y ejecutado por integrantes de las Farc – Ep.
El 22 de febrero de 2012, el exdiputado Sigifredo López Tobón fue vinculado a la investigación mediante indagatoria, se ordenó su captura y, posteriormente, el fiscal del caso resolvió su situación jurídica. López Tobón interpuso el recurso de apelación que le permitió recobrar la libertad y denunció al fiscal García López porque, a su criterio, habría tomado decisiones contrarias a la ley.
Ahora, la Corte Suprema de Justicia consideró que el entonces fiscal 38 especializado actuó sujeto al ordenamiento legal, escuchó en indagatoria a la persona investigada e impuso medida de aseguramiento luego de valorar el material probatorio.
“… lo que se observa es que al momento en que Paulo César García López resolvió la situación jurídica de López Tobón, existían indicios graves de responsabilidad, con base en las pruebas legalmente producidas dentro del proceso, y que luego de realizar una valoración conjunta de ellas, concluyó que resultaba necesario imponer medida de aseguramiento”. Precisó el fallo de la Corte.