Tribunal Administrativo de Bolívar anuló entrega de predios de La Boquilla, a la comunidad negra

En fallo de primera instancia el Tribunal Administrativo de Bolívar en atención a la ponencia del magistrado, Roberto Mario Chavarro Colpas, anuló la entrega de predios de La Boquilla, a la comunidad negra, donde hoy funciona el Hotel Caribe. La decisión judicial tumbó la condición de corregimiento de esta extensión de tierras y la adiciona al Distrito Especial de Cartagena.
La sentencia número 01 de Julio de 2020, de la Sala de Decisión número 001 emitida por el Tribunal, luego de conocer la ponencia del magistrado ponente abrió las discusión sobre la legalidad de la entrega de terrenos por parte del Incoder, durante el gobierno del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, al Consejo Comunitario de La Boquilla, a través de un título comunitario.
El proceso fue promovido por Juan Carlos Camacho García y Hugo de Jesús Garrido González.
El 27 de septiembre de 2010, el Presidente del Consejo Comunitario de La Boquilla, señor Benjamín Luna Gómez, presentó solicitud de titulación colectiva, con base en lo dispuesto en la ley 70 de 1993 y el Decreto reglamentario 1745 de 1995, afirmando contra todo el ordenamiento jurídico preexistente, que el sector urbano de la ciudad de Cartagena de Indias, conocido como La Boquilla era un terreno (baldío) y se encontraba ubicado en zonas rurales del Departamento de Bolívar.
El Incoder a pesar de ser incompetente y carecer de jurisdicción para actuar en zonas urbanas, el día 30 de marzo del 2012, expide la resolución No. 0467 del 30 de marzo de 2012, a través de la cual se adjudica “la zona urbana del Distrito de Cartagena de Indias, sector La Boquilla”, en titulación colectiva a los residentes que representa el consejo comunitario; titulación colectiva que no tiene nada de colectiva sino más bien “selectiva”, en tanto la mitad de La Boquilla fue excluida de esa titulación.
Con respecto al Consejo Comunitario de La Boquilla, que fue el organismo que hizo la solicitud de titulación colectiva, es un consejo ilegal e irregular, ya que para la fecha de su constitución (año 2006), la Boquilla formaba parte integral del Distrito de Cartagena, tal como lo estableció el Plan de Ordenamiento Territorial, decreto 0977 del año 2001, el cual la incluye como zona urbana del Distrito (arts. 268 a 270).
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Bolívar, Sala de Decisión Oral No 1, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley,
Fallo
PRIMERO: DECLÁRSE, con efectos ex tunc la nulidad de la Resolución No. 0467 del 30 de marzo del 2012, “por la cual se adjudican en calidad de “TIERRAS DE LAS COMUNIDADES NEGRAS” los terrenos baldíos rurales ocupados colectivamente por las Comunidades Negras integradas en el CONSEJO COMUNITARIO DE LA COMUNIDD NEGRA DEL GOBIERNO RURAL DE LA BOQUILLA…”, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la presente providencia archívese el expediente.
TERCERO: COMPÚLSANSE copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación, para que se investiguen las posibles infracciones al ordenamiento penal y disciplinario, que involucran las competencias propias de la Secretaria de Planeación del Distrito de Cartagena y el INCODER, para la época en que tuvo lugar el trámite administrativo de titulación colectiva acá ventilado.
CUARTO: Sin condena en costas.