Elecciones atípicas en Sabanagrande deben ser convocadas en dos meses
Por JAVIER DE LA HOZ LUNA
El Consejo de Estado falló en contra la acción de tutela presentada a través de sus abogado el alcalde de Sabanagrande, Gustavo De la Rosa Berdejo, quien violó el régimen de inhabilidades al inscribirse en el 2018 como aspirante a la alcaldía de esa municipalidad. Quedó confirmada la decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico, por lo que deberá convocarse a elecciones atípica para los próximo 60 días.
Igualmente la Gobernadora del Atlántico deberá designar un alcalde encargado para que asuma el manejo administrativo de la población, mientras se escoge a través del voto popular quiene continúe el período constitucional.
Apartes del fallo del Consejo de Estado dice: “Que se declare la improcedencia del amparo solicitado, o, en su defecto, se nieguen las pretensiones de la acción constitucional, pues la parte actora no cumplió con los requisitos generales ni específicos que la jurisprudencia constitucional estableció para que se pueda controvertir una providencia judicial por intermedio de la acción de tutela. En efecto, el actor no describió con precisión o claridad el o los hechos que habrían dado origen a la presunta violación de derechos fundamentales (como presupuesto general para realizar estudio de la solicitud de amparo1 ), y, en gracia de discusión, tampoco se acredita amenaza o vulneración de alguna prerrogativa fundamental por cuanto el actuar de la Sala de Decisión Oral – Sección “B” del Tribunal Administrativo del Atlántico en ningún momento fue arbitraria o caprichosa como lo quiere mostrar el actor”.
El abogado Alberto Peña Pérez, había expresó que el mandatario había cumplido con los requisitos establecidos por la Ley para inscribirse como candidato, sin embargo las autoridades han considerado que lo hizo con nueve meses de diferencia cuando lo establecido por la ley electoral es que el funcionario renuncio un año antes de la elección popular a la que postulará su nombre.