Declaran nulidad de personería otorgada al partido Poder Popular

Mediante sentencia proferida el 18 de septiembre de 2025, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de las resoluciones 6886 de 2023, por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al movimiento político Poder Popular, y 4819 del mismo año, en la que se ordenó el registró de esa personería.
ES NOTICIA HOY:
La alta corporación determinó que se infringieron los artículos 108 de la Constitución, 3º de la Ley 130 de 1994 y 3º de la Ley 1475 de 2011 y la configuración de la falsa motivación, en tanto la autoridad electoral dio aplicación a los efectos inter comunis dispuestos en la SU – 257 de 2021, sin que los lineamientos expresados en esa sentencia se ajustaran al caso particular de Poder Popular.
La sala encontró que el CNE dio por demostradas situaciones de violencia sistemática y grave que en realidad no tuvieron una relación de causalidad directa y efectiva con la afectación al derecho fundamental de participación de los militantes, seguidores y directivos de Poder Popular. Finalmente, la Sección moduló los efectos de la sentencia, para indicar que estos eran hacia el futuro, en consideración a que, en vigencia de tal reconocimiento, el movimiento político Poder Popular ejerció diferentes derechos, por lo cual, se deben respetar los principios de confianza legítima y buena fe.